Decía S. Pablo que el que no trabaje que no coma.... Ya se que esta noticia no es para colgarla aquí, pero como también es humano el trabajar y por lo tanto el percibir un sueldo con el sudor de la frente, pues he creído interesante, colgar este artículo de Guadalara.
El Juzgado de lo Social número 2 de
Guadalajara ha fallado a favor del docente a percibir el Complemento
Específico de Formación Permanente al igual que el resto de interinos. Ha sido el Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara el que ha estimado
la demanda formulada por el sindicato CSIF contra la Consejería de
Educación Cultura y Deportes por revocar la resolución que reconocía el derecho de un profesor de religión a percibir el Complemento Específico de Formación Permanente, conocidos como sexenios, en las mismas condiciones que el resto de docentes interinos.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press,
la Consejería ha firmado un reciente acuerdo con las organizaciones
sindicales sobre el reconocimiento de sexenios a la "totalidad del
personal interino docente no universitario, siendo aplicable a todo el
personas que presta servicios para la Administración educativa".

Además, añade que la Administración demandada "no ha
establecido en el acuerdo suscrito con los profesores interinos del 11
de septiembre de 2013 la limitación que ahora pretende imponer, no
siendo admisible este trato diferenciado respecto al devengo inicial de
los sexenios".
En nota de prensa, CSIF explica que planteó una acción de
reconocimiento de derechos para un profesor que presta servicios en la
Consejería de Educación desde el año 1999, que ha cursado como formación permanente más de las 100 horas exigidas por
sexenio y al que la Administración no resolvió su reclamación previa.
El sindicato confía en obtener el mismo resultado positivo en las
demandas individuales de próxima resolución así como en el conflicto
colectivo para todos los profesores de religión de Castilla-La Mancha.
Finalmente, espera que las diferentes demandas individuales
presentadas, así como el conflicto colectivo tengan el mismo resultado y
que los profesores de religión de Castilla-La Mancha vean reconocidos
sus derechos retributivos.
Es una buena noticia, y esperamos que esta sentencia cree precedentes para el resto de autonomías, para que puedan percibir este complemento ese grupo de profesionales que, aunque no han pasado por una oposición, se dejan la piel en las mismas aulas y ayudan en la educación a los mismos alumnos a que se enfrentan diariamente el resto de profesionales de otras materias.